CONDICIONES GENERALES DE ENTRADA A HUNGRÍA A PARTIR DE SU ADHESION AL ACUERDO DE SCHENGEN

INFORMACIONES DE VISA

A partir del 21 de diciembre de 2007:son válidos en Hungría las visas y los permisos de residencia emitidos por todos los Estados pertenecientes al área Schengen. son válidos en todo el área del Acuerdo las visas normalizadas Schengen emitidas por las representaciones diplomáticas húngaras, como asimismo los permisos de residencia emitidos por las autoridades húngaras.

Los 24 Estados que integran el Acuerdo de Schengen:

22 Estados de los 27 de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal y Suecia), además Noruega e Islandia. De los miembros de la Unión Europea, Bulgaria, Chipre, Irlanda, el Reino Unido y Rumania no pertenecen al área Schengen.

Las reglas de visas y de ingresos de Schengen se refieren solamente a permanencias de hasta 90 días. Las residencias largas, superiores a 90 días, se regulan por las disposiciones propias de cada Estado. Las reglas de emisión de visas de Schengen son fundamentalmente las mismas en los Consulados de cada país, y sus tasas son uniformes.

ENTRADA SIN VISA (POR UN PERÍODO NO SUPERIOR A 90 DÍAS)

Los ciudadanos de los Estados miembros de la UE/EEA y de los siguientes países pueden viajar a Hungría exentos de Visa:

Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, Guatemala, Santa Sede, Honduras, Hong-Kong (la exención se aplica solamente a los titulares de pasaportes de la "Región Administrativa especial de Hong-Kong"), Islandia, Israel, Japón, Macao (la exención se aplica solamente a los titulares de pasaportes de la "Región Administrativa Especial de Macao"), Malasia, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Panamá, Paraguay, Salvador, San Marino, Singapur, Corea del Sur, Suiza, el Estados Unidos de América, Uruguay, Venezuela.

Están exentos de visa los apátridas y los refugiados que poseen un documento de viaje emitido por uno de los estados antes mencionados. Los apátridas y refugiados residentes en un Estado Miembro, que poseen un documento de viaje emitido por el Estado Miembro, tienen igualmente derecho a una entrada libre de visa. Estado Miembro significa: los Estados Schengen, Miembros “Nuevos” de la Unión Europea (adheridos el 1 de mayo de 2004) , Rumania y Bulgaria.

El titular de una visa D+C, emitida por uno de los estados de Schengen, está autorizado a una entrada libre de visa durante los tres primeros meses de validez de la misma. El titular de una visa D, entra a Hungría sin visa solamente de tránsito para continuar viaje al país de destino final.

Los extranjeros poseedores de un permiso de residencia válido y otros documentos registrados en el anexo 4 de las “Instrucciones Consulares Comunes”, tienen derecho a circulación sin visa dentro del área de Schengen que no exceda los 3 meses en un plazo de 6 meses.

Según algunos acuerdos bilaterales de visas, los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio pueden ser autorizados a una entrada libre de visa. Por favor consulte la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Hungría (http://www.kulugyminiszterium.hu/).

Los extranjeros poseedores de un permiso de residencia válido otorgado por Suiza o Liechtenstein pueden entrar a Hungría de tránsito sin necesidad de visa de tránsito.

Los titulares del “Paissez Laisser” de Naciones Unidas pueden entrar sin visa.

No necesitan visa los ciudadanos mexicanos que viajan a Hungría para permanecer hasta un plazo máximo de 90 días.

Todos los pasajeros deben tener:

-pasaporte vigente al menos 3 meses contados a partir del último día de la permanencia en Hungría

-un seguro médico y de repatriación que cubra los riesgos de accidentes y enfermedad en territorio Schengen por un monto de 30.000 euros (aún no es obligación en Hungría pero se requiere en otros Estados Schengen)

-pasaje de ida y vuelta

-Las autoridades de inmigración - junto con averiguar la lista de prohibición de entrada (SIS) - podrán requerir comprobantes de financiamiento de la estancia y también del motivo del viaje, por ejemplo:

-en caso de turismo: reservas de hotel y traslados

-en caso de viajes de negocios: confirmación de la empresa húngara, carta de invitación a conferencias, seminarios, reuniones

-en caso de viaje de visita: carta de invitación de los amigos/parientes en forma de documento notarial

-en caso de otros viajes: constancias de curso de idioma, de escuelas, etc.

-para comprobar financiamiento: tarjeta de crédito internacional con suficiente cobertura o cheques de viajero o suficiente dinero en efectivo

-Si la policía fronteriza de un Estados Miembro determina que la persona, aún sin obligación de visa, no cumple con las condiciones de entrada le será negado el ingreso.

-Antes de iniciar el viaje es recomendable aclarar los requisitos específicos de entrada en el Consulado del país de ingreso al Área Schengen.

CONDICIONES PARA LA ENTRADA DE LOS EXTRANJEROS QUE NECESITAN VISA HASTA 90 DÍAS

Es importante destacar, que la visa es solo un permiso previo de ingreso, no autoriza al titular el ingreso automático. Las pruebas de las condiciones de ingreso y permanencia pueden ser requeridas al visitante en el momento de ingresar, y en caso de omisión, su ingreso puede ser denegado.

Reglas básicas para la emisión de visas Schengen

Tipos de Visas Schengen

-Visa de tránsito de aeropuerto (A): autoriza al portador a entrar en la zona internacional del aeropuerto y a permanecer allí hasta el momento de la salida del vuelo al país de destino. Están obligados a solicitar una visa de tránsito de aeropuerto los ciudadanos de los siguientes países:

Afganistán, Bangladesh, Camerún, República Democrática del Congo, Eritrea, Etiopía, Ghana, Guinea, Irán, Irak, Líbano, Liberia, Nigeria, Pakistán, Filipinas, Ruanda, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sri Lanka, Sudán y Siria.

-Visa de tránsito (B): autoriza al portador a un tránsito, doble o múltiples tránsitos que no excedan los 5 días a la vez.

-Visa de corta estancia (C): autoriza al portador a una entrada, entradas dobles o múltiples, una estancia ininterrumpida de 90 días máximo. En caso de estancia interrumpida, el total de días no podrá exceder los 90 días en un plazo de 6 meses contados a partir de la fecha de la primera entrada.

¡Atención! En caso de cambio de vuelo en el aeropuerto Ferihegy 1 o entre Ferihegy 1 y Ferihegy 2 (y viceversa), es necesario tener una visa de tránsito.

¿Dónde se solicita la visa?

Aunque la visa de Schengen posibilita el libre tránsito en todo el área del Acuerdo de Schengen, la solicitud de visa debe ser presentada en la representación consular del país-destino principal del viaje, o

-en caso de que el objetivo del viaje sea visitar varios países con estadías de misma duración - en la representación consular del país de entrada al área Schengen.

Por regla general, no se extienden visas en los puestos fronterizos, esto solo se puede solicitar en el caso de parientes de ciudadanos de la Área Económica Europea (ÁEE); para otros extranjeros solo en casos muy excepcionales.

¿Quién puede solicitar una visa en la Embajada de Hungría en Mexicó?

Por regla general, nuestra representación diplomática está autorizada a evaluar las solicitudes de los ciudadanos mexicanos;

-de las personas con residencia permanente en Mexico;

-de las personas en cuyo Estado de origen no hay representación consular húngara.

-los aspirantes tienen que solicitar personalmente su visa (o de sus familiares);

-las agencias de viajes acreditadas pueden solicitar la visa en nombre de sus clientes en caso de viajes turísticos organizados;

-en caso de viajes en grupo – que no sean viajes turísticos organizados – la solicitud puede ser presentada por el representante del grupo debidamente autorizado.

¡Atención!

-las excepciones antes mencionadas no excluyen que el cónsul si lo considera necesario, pueda llamar al solicitante a una entrevista personal;

-las excepciones se refieren a la solicitud y retiro de la visa, no obstante el formulario de visa tiene que ser firmado personalmente por cada solicitante;

-en países con territorio extenso o donde no hay representación húngara competente para emitir visas y donde Hungría no esta representada por otro Estado miembro de Schengen,

-los cónsules honorarios húngaros están facultados para recibir las solicitudes de visa con el fin de transferirlas al consulado húngaro competente;

-los consulados pueden recibir las solicitudes de visa con máximo 3 meses de antecedencia hasta la fecha del viaje.

Documentos necesarios para solicitar la visa

1) Requisitos Generales

-pasaporte (con vigencia mínima de tres meses posteriores al término de la permanencia planeada en Hungría);

-1 foto color tamaño pasaporte (de no más de 6 meses);

-formulario de solicitud de visa llenado y firmado: el formulario se adquiere gratuitamente en los consulados o se descarga del sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Hungría (http://www.kulugyminiszterium.hu/).

-Los formularios de los países Schengen son uniformes, por lo tanto, cualquier formulario de visa de un país Schengen puede ser utilizado en el consulado húngaro;

-seguro de viaje cuya vigencia se extienda a todo el viaje, a todos los países Schengen, y que cubra los gastos médicos de enfermedad, accidentes y los costos de una eventual repatriación por un mínimo de 30.000 euros;

-acreditación de residencia legal en Mexico si el solicitante no es ciudadano mexicano.

-Además de cumplir con los requisitos generales antes dichos, el solicitante también deberá comprobar con documentos:

-la disponibilidad de los recursos económicos para cubrir los gastos de viaje y permanencia los motivos de su viaje.

2) La disponibilidad de recursos económicos se comprueba con los siguientes documentos:

-certificado de antigüedad laboral con boletas de los 3 últimos sueldos;

-historial bancario sobre los movimientos de los últimos tres meses;

-comprobante de pensión;

-acreditación de constitución de la empresa (en caso de trabajador independiente);

-boleto de viaje con el comprobante del alojamiento reservado y prepagado (voucher);

-en el caso de menores: declaración del representante legal sobre los recursos financieros para el viaje;

-carta de invitación oficial emitida y endosada por la Oficina de Inmigración y Nacionalidad de Hungría (BÁH).

3) Los motivos del viaje se certifican con los siguientes documentos:

Al solicitar una visa de tránsito (Tipo A o B):

-documento válido que certifique el propósito de la visita (boleto); o la documentación del vehículo propio utilizado y debidamente asegurado;

-visa al país de destino (si se aplica).

Al solicitar una visa de estancia corta (Tipo C):

-para un viaje turístico: el comprobante (voucher) de la agencia de viajes; o en el caso de una visita individual: la reserva prepagada de alojamiento.

-para estudios, formación científica o profesional: el documento acreditativo de la institución receptora y el comprobante de alojamiento en Hungría

-para visitas: una carta de invitación emitida y endosada por la Oficina de Inmigración y Nacionalidad de Hungría (BÁH) o una carta de invitación en forma de documento notarial; fotocopia de la identificación personal o pasaporte de la persona que invita.

-con el fin de fomentar las relaciones familiares: los documentos descritos en el párrafo anterior o una declaración por escrito en el cual el solicitante - asumiendo toda la responsabilidad legal - reitera el propósito de la entrada y de la estancia, indica el grado de parentesco, el nombre, la dirección y el número de teléfono del familiar.

-para una visita de negocios: en caso de que ya exista un socio comercial en Hungría: una carta de invitación del socio; prueba de la existencia de vínculos comerciales; o el documento de la Cámara de Comercio local que pruebe la existencia de tales vínculos; comprobante del alojamiento en Hungría.

-para tratamiento médico: el documento de la institución de salud a la que se acudirá, incluyendo referencia al hecho de que la cobertura prevista del tratamiento médico está disponible, u otros documentos certificando la cobertura del tratamiento médico, comprobante del alojamiento en Hungría.

-en caso de transportadores: documento o petición de la empresa de transporte

-para visitar el sepulcro de un pariente enterrado en Hungría: un documento que certifique la existencia del sepulcro y el grado de parentesco.

-para actividades culturales: contrato con agencia cultural húngara, o carta de invitación emitida por la organización anfitriona

-con fines deportivos: acreditación que pruebe la participación en el evento deportivo o el contrato con el club deportivo húngaro, o documento emitido por el club deportivo o institución (Comité Olímpico o Ministerio de Deporte, etc.) que envía.

-para asistir a una conferencia: carta de invitación o confirmación de la participación emitida por la organización anfitriona o entidad organizadora; recibo de pago de la cuota de inscripción.

-para otros fines (compras, recreación, etc.) no incluidas en ninguna de las categorías anteriores se debe presentar una declaración - asumiendo toda la responsabilidad legal - sobre el propósito de la entrada y de la estancia.

Tasa de solicitud de visa


1. visa de tránsito de aeropuerto (A), visa de tránsito (B), visa de entrada corto plazo (C) 60 EUR
2. visa de larga estancia con fines de trabajo temporal 40 EUR

Excepciones generales de pago de visa (visas sin costo)

-niños menores de 14 años y registrados en el pasaporte de uno de los padres

-familiares de los ciudadanos miembros de EEA

-niños menores de 6 años de edad que viajan con su propio pasaporte

-miembros de un grupo de mas de 5 niños

-investigadores

Otras excepciones de pago de visa


Se pueden otorgar otras excepciones sobre la base de acuerdos bilaterales de facilidades de visa entre las Comunidades Europeas. Para información detallada relacionada con estos acuerdos por favor contacte las representaciones extranjeras húngaras en los respectivos países.

Los países concernientes son Albania, Bosnia-Herzegovina, Macedonia, Moldava, Montenegro, Rusia, Serbia u Ucrania.

¡Atención!

-El pago de la visa se realiza al presentar la solicitud.

-El consulado no realiza otro tipo de cobro que no sea el de la emisión de visa.

-Si la solicitud de visa es rechazada, el importe no le será reembolsado.

-La visa debe ser pagada en Euros

-El pago puede realizarse en efectivo o a través de transferencia bancaria

La decisión para otorgar la visa

-La decisión sobre las solicitudes de visa son responsabilidad del cónsul.

-La recepción de su solicitud de no garantiza la emisión de la visa.

Para chequear las solicitudes de visa el cónsul consulta en cada caso la lista de prohibición de entrada (SIS)

-revisa las visas que anteriormente le han sido otorgadas al solicitante ,

-en casos particulares puede consultar con las autoridades competentes de otros Estados Miembros

-puede consultar con la Oficina de Inmigración y Nacionalidad de Hungría y con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

-puede consultar con representaciones extranjeras de otros Estados de Schengen

-puede solicitar una otra entrevista con el solicitante

-puede solicitar la presentación de otros documentos o certificaciones, además de los que ya han sido adjuntados a la solicitud.

De acuerdo con la ley, la decisión sobre el otorgamiento de la visa puede demorar 30 días.

Rechazo de la solicitud de visa


-En caso de prohibición de entrada o dudas concernientes a la solicitud, el consulado negará la solicitud de visa.

-La presentación de documentos falsos es una razón en si misma para el rechazo.

-El cónsul notifica personalmente al solicitante sobre las razones del rechazo de la solicitud.

-Al pedido del solicitante la notificación puede ser en forma escrita.

-En caso de rechazo el consulado no reembolsará el costo de la visa.

- No existe solución legal contra el rechazo de una solicitud, no obstante el solicitante puede presentar una queja referente al procedimiento.

-Las quejas se examinarán en primera instancia por el jefe del consulado, y en segunda instancia por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

-En caso de rechazo, se puede presentar una nueva solicitud en cualquier momento.

-En caso de una nueva solicitud, la tasa de la visa se tiene que volver a pagar.

ENTRADA PARA ESTANCIA LARGA (MÁS DE 90 DÍAS)

-Las regulaciones para las estancias por más de 90 días serán establecidas por las autoridades nacionales, por lo tanto no hay un procedimiento uniformizado entre los Estados Schengen.

-Los extranjeros que deseen entrar a Hungría para una estancia larga deben solicitar un permiso de residencia en el Consulado. En caso de que la solicitud sea aceptada, la persona obtendrá una visa que le permite una entrada y una estancia hasta 30 días en Hungría para recibir el permiso de residencia. El otorgamiento del permiso de residencia es responsabilidad de las direcciones regionales de la Oficina de Inmigración (BÁH).

¡Atención!

-Los familiares de los nacionales de la UE/EEA no exentos de visa, deberán entrar a Hungría con una visa de estancia corta tipo (C), aún cuando piensen permanecer en Hungría por más de 90 días.

-En tales casos y dentro de los 93 días a partir de la entrada, el familiar deberá solicitar un carné de residencia en la dirección regional de la Oficina de Inmigración y Nacionalidad de Hungría (BÁH).

El extranjero que ya permanece en territorio húngaro puede solicitar el permiso de residencia directamente en las direcciones regionales de la Oficina de Inmigración y Nacionalidad de Hungría (BÁH) en los siguientes casos:

a) el solicitante puede compprobar las razones excepcionales de su petición, entre otras, reunificación familiar o necesidad de tratamiento médico;
b) el propósito de la estancia es para realizar investigaciones;
c) el solicitante en cuestión es ciudadano o permanece en Hungría como familiar de un ciudadano de un país incluido en la lista del Anexo II de la Regulación CE no. 539/2001 (países sin visa).

Requisitos

En todos los casos se debe presentar la siguiente documentación:

-pasaporte (con vigencia mínima de tres meses posteriores al término de la permanencia planeada en Hungría);

-2 fotos a color, tamaño pasaporte (con no más de 6 meses);

-autorizaciones para regreso y/o continuación del viaje (si se aplica)

-formulario de solicitud de permiso de residencia llenado y firmado: el formulario se adquiere gratuitamente en el Consulado o se descarga del sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Hungría (http://www.kulugyminiszterium.hu/);

-comprobantes del motivo de la estancia;

-comprobantes del alojamiento en Hungría;

-documentos que comprueben la situación económica y financiamiento de la entrada, salida y residencia en Hungría;

seguro de viaje cuya vigencia se extienda a toda la estancia, a todos los países Schengen, y que cubra los gastos de enfermedad, accidentes y eventual repatriación por un mínimo de 30.000 euros;

-acreditación de residencia legal en Mexicó (mínima 6 meses) si el solicitante no es ciudadano mexicano.

En dependencia del propósito de la entrada, serán necesarios los siguientes documentos para solicitar el permiso de residencia:

-Actividad remunerada:

-En caso de actividad por cuenta ajena:

-permiso de trabajo emitido en Hungría;

-contrato de empleo húngaro;

-certificado que compruebe la calificación necesaria para ocupar el puesto;

-comprobantes del alojamiento en Hungría (por ej. la copia del título de escritura del departamento propio o contrato de arriendo con el certificado de propiedad de la casa o departamento);

-comprobante de recursos económicos hasta recibir el primer salario (por ej. historial bancario, certificado del empleador que pagará un adelanto al solicitante, etc.);

En caso de actividad independiente (empresarios individuales):

-certificación del carácter de la actividad remunerada (acta de constitución de la empresa, contrato de asociación);

-certificado del registro de la empresa en Hungría;

-declaración sobre los ingresos anuales (previstos);

-constancia sobre los recursos financieros a disposición del solicitante en Hungría;

-comprobantes del alojamiento en Hungría (por ej. la copia del título de escritura del departamento propio o contrato de arriendo con el certificado de propiedad de la casa o departamento);

-la hoja resumen del balance del año anterior (para una empresa ya en funciones);

-comprobación que la empresa no tiene deudas públicas en Hungría (para una empresa ya en funciones);

-si la empresa cuenta con empleados Húngaros: los contratos de empleo;

-en caso de una empresa nueva: un breve proyecto de ingresos.

Estudios:

-comprobante de matrícula / condición estudiantil;

-antecedentes académicos (p.ej. copia de título universitario);

documentación sobre el alojamiento en Hungría (comprobante de alojamiento en residencia estudiantil o contrato de arriendo con el certificado de propiedad de la casa o departamento);

comprobantes de situación económica y financiamiento de la permanencia en Hungría (estado de cuenta bancaria y/o declaración de los padres ante notario que asumen todos los gastos de la residencia en Hungría; o el documento que certifique la beca);

certificado de la institución acojedora que el solicitante esta exento de pago de la colegiatura/matrícula o ya lo haya pagado.

Reunificación familiar:

combrobantes del alojamiento en Hungría;

comprobantes de situación económica y financiamiento de la estancia en Hungría;

certificado de matrimonio / nacimiento;

una copia del pasaporte del pariente húngaro.

Visita:

carta de invitación emitida y endosada por la Oficina de Inmigración y Nacionalidad de Hungría (BÁH);

certificado de los ingresos promedios de la persona que invita;

certificado de propiedad de la casa o departamento de la persona que invita;

copia del pasaporte o documento de identificación de la persona que invita.

Tratamiento médico:

nombre y dirección de la institución médica que prestará los servicios;

certificación del carácter y la duración aproximada del tratamiento médico;

comprobante de la cobertura financiera para el tratamiento médico y la residencia en Hungría;

certificación de alojamiento en Hungría, si el solicitante no permanecerá en la institución médica;

en caso de menores o familiares que no viajan solos: comprobantes de alojamiento y financiamiento de la permanencia de la persona acompañante.

Investigación:

contrato con una institución de investigación acreditada;

comprobantes de financiamiento de la permanencia en Hungría.

En el caso de un permiso de residencia para trabajo voluntario:

contrato con la institución u organización húngara que recibe (iglesia, biblioteca, municipalidad, etc.)

¡Atención!

1. El cónsul puede solicitar la presentación de otros documentos además de los antes mencionados.

2. Los documentos deben anexarse a las solicitudes en original. Si el solicitante necesita el documento original posteriormente, deberá presentar también la fotocopia del original.

3. El consulado se reserva el derecho de examinar la autenticidad de los datos suministrados y lo documentos presentados. Suministrar información falsa conllevará al rechazo de la solicitud.

La tasa única de la solicitud de permiso de residencia es de EUR 60.

Como regla general, las autoridades húngaras procesan la solicitud en un término de 30 días. Si el propósito de la entrada es para estudios o investigación, las autoridades deberán emitir su decisión en un término de 15 días.

En caso de rechazo, el solicitante podrá presentar una apelación dentro de los 5 días siguientes a la notificación. La apelación se deberá presentar directamente a las autoridades regionales de la Oficina de Inmigración y Nacionalidad de Hungría (BÁH).

¡Atención!

Portar un pasaporte válido y la visa (en el caso de los ciudadanos de terceros países donde se requiere visa) son solo dos de las condiciones para la entrada.

Las condiciones de entrada son chequeadas una segunda vez cuando la persona se presenta en la frontera (tierra, mar o aeropuerto) de los Estados Miembros. Si la policía fronteriza determina que la persona, aún con visa en su pasaporte, no cumple con las condiciones de entrada (por ejemplo: la persona no cuenta con los suficientes medios para financiar su estancia) le será negada la entrada.

Los portadores de visa, deben llevar con ellos documentos suplementarios para demostrar que cumplen con las condiciones de entrada y presentarlos, en caso necesario, durante los chequeos en las fronteras de la UE o Área Schengen.

Procesamientio y protección de datos
De acuerdo al Artículo 95 de la Ley de entrada y estancia de ciudadanos de terceros países (No. II. de 2007) la Oficina de Inmigración Nacionalidad de Hungría (BÁH) así como las autoridades consulares manejan y almacenan en forma electronica la siguiente información sobre los ciudadanos extranjeros, basándose en sus solicitudes de visa:

datos naturales de identificación;

nacionalidad (estado de procedencia);

fotografía y datos del pasaporte;

propósito de la entrada y posible duración de la estancia;

copias y contenido de los documentos que prueban el cumplimiento de los requisitos para la entrada y la estancia;

los hechos del rechazo de la visa y sus razones, si procede;

datos de la visa emitida;

fecha y lugar de entrada y salida;

registro del lugar de alojamiento.

El consulado puede revelar el contenido de sus registros dentro del tipo de información permitido por las leyes y tratados internacionales a las agencias de investigación criminal, agencias de seguridad nacional, autoridades de refugiados y a los consulados Schengen / UE en el territorio de su jurisdicción.

Si el solicitante así lo pide, la Oficina de Inmigración Nacionalidad de Hungría (BÁH) y el consulado le podrá proporcionar información sobre sus datos contenidos en su archivo, a menos que la Ley prohíba revelar tal información. Si el consulado detecta, ya sea por iniciativa del solicitante o ex oficio, que algun dato es incorrecto o ha cambiado, el mismo deberá ser corregido de inmediato o retirado de los archivos, según resulte más apropiado.

Atención al Público
Martes y jueves - de 9 a 14 horas (previa cita telefónica)

Dirección del Consulado
Avda. Paseo de las Palmas No.2005, Lomas de Chapultepec 1100 Méxicó D.F.
Teléfonos: (+52 55) 55961822, (+52 55) 55960523,
Fax: (+5255)55 96 22 378
Página de web: mission@kum.hu

Requisitos de las fotos

2 fotos recientes (no más de 6 meses);

fotos a color;

tamaño pasaporte (3,5 x 4,0 cm);

fotos nítidas, de buena calidad;

de rostro entero;

fondo claro, homogéneo;

cabeza descubierta (excepto motivos religiosos);

fotos tomadas de frente;

los lentes no deben ocultar los ojos ni reflejar la luz.

MAS INFORMACIONES: http://www.mfa.gov.hu/